Estas son las cifras oficiales actualizadas varias veces por día sobre los casos confirmados por influenza humana A-H1N1 en México. (Actualizado al 13 de mayo)


Estas son las cifras oficiales actualizadas varias veces por día sobre los casos confirmados por influenza humana A-H1N1 en México. (Actualizado al 13 de mayo)


• La Secretaría del Trabajo y Previsión Social elaboró la Guía de Recomendaciones para Instrumentar un Plan de Emergencia en los Centros de Trabajo por la Epidemia de Influenza, que incorpora los Lineamientos de Prevención y Control en Materia de Influenza A (H1N1): Centros de Trabajo emitidos por la Secretaría de Salud. Esta Guía de Recomendaciones ya se encuentra en la página de Internet www.stps.gob.mx y tiene por objeto facilitar a las empresas y patrones la identificación e instrumentación de las medidas de promoción a la salud, prevención y control, que contribuyan a mitigar los efectos de la epidemia en los centros de trabajo.
• Para su desarrollo se tomó como punto de partida la Guía para los Centros de Trabajo ante la Emergencia de Influenza, elaborada de manera conjunta por la Secretaría de Economía, de Salud y del Trabajo y Previsión Social, así como por el Instituto Mexicano del Seguro Social, en el marco de la Estrategia Operativa Multisectorial del Plan Nacional de Preparación y Respuesta ante una Pandemia de Influenza.
• Las acciones recomendadas han sido agrupadas en seis apartados; planeación y dirección; capacitación e información a los trabajadores; medidas de prevención; medidas de protección; políticas temporales, y supervisión y vigilancia por parte de los servicios preventivos de medicina del trabajo y las comisiones mixtas de seguridad e higiene.
• Dichas acciones se han formulado para cada una de las categorías en que se ha agrupado el riesgo a los trabajadores por la exposición a la influenza durante la epidemia, con base en un estándar internacional: muy alto, alto, medio o bajo.
• Finalmente, las recomendaciones se han formulado para cada una de las fases del ciclo epidemiológico, conforme a los criterios de la Organización Mundial de la Salud.
• La referida Guía de Recomendaciones para Instrumentar un Plan de Emergencia en los Centros de Trabajo por la Epidemia de Influenza, será presentada en sesión extraordinaria, a la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, integrada por representantes de los trabajadores, los empleadores y el Gobierno Federal, prevista en la Ley Federal del Trabajo, presidida por el Secretario del Trabajo y Previsión Social, misma que tiene por objeto estudiar y proponer la adopción de medidas preventivas para abatir los riesgos en los centros de trabajo.
• De esta manera la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo provee un instrumento esencial y efectivo para la prevención y control del brote epidemiológico en los centros de trabajo, que permita dar un seguimiento puntual a las acciones por instrumentar en cada fase, de acuerdo con la exposición al riesgo de sus trabajadores.
• Asimismo, aporta a las organizaciones sindicales esta herramienta para que orienten a sus agremiados sobre las medidas de protección personal por adoptar, a través de sus propias estructuras y medios de comunicación, y en el seno de las comisiones mixtas de seguridad e higiene. La activa participación de los sindicatos también es imprescindible para lograr una respuesta adecuada y sistemática en el ámbito de cada centro de trabajo.
• Cabe destacar que por su naturaleza este proyecto de Guía incorpora los Lineamientos de Prevención y Control en Materia de Influenza A(H1N1): Centro de Trabajo, emitidos por la Secretaría de Salud, y tienen el carácter de recomendaciones, por lo que cada centro de trabajo según sus características debe acatarlas al máximo posible para una mayor efectividad en su resultado y desde luego para contribuir de manera colectiva a esta labor de mitigación. Lo anterior, sin perjuicio de las obligaciones legales que en materia de seguridad y salud aplican con independencia de esta emergencia sanitaria y que constituyen parte fundamental de la previsión social en el trabajo.
• En adición a lo anterior, por lo que hace a los próximos días mientras continua la suspensión de actividades en guarderías, preescolar, primaria y secundaria, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social reitera lo siguiente:
A los empleadores:
- Ser sensibles, flexibles y tolerantes, por lo que hace a faltas y retardos, por parte de trabajadores que tienen hijos estudiantes. Concretamente, en estos casos, se pide a los patrones y empleadores no aplicar descuentos por dichas faltas o retardos.
- De conformidad con los artículos 166 y 167 de la Ley Federal del Trabajo, y siguiendo las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y en tanto prevalezca la fase cinco de la OMS, las mujeres trabajadoras en periodo de gestación o de lactancia deben ser excusadas de prestar sus servicios en empresas o establecimientos, sin afectar su salario, prestaciones y derechos.
- Todos los centros de trabajo deben contar con los servicios básicos de higiene personal para el lavado de manos con agua y jabón, ventilación, mantenimiento de aire acondicionado, iluminación natural, limpieza en objetos y utensilios, mobiliario y, en general, condiciones óptimas de seguridad y salud en el uso de instrumentos y herramientas de trabajo, para tal efecto, nuevamente se debe de aplicar la Guía de recomendaciones para instrumentar el Plan de Emergencia en los Centros de Trabajo por la epidemia de influenza.
- Identificar a cualquier trabajador que presente cualquiera de los síntomas del cuadro de influenza A (H1N1) para que, de inmediato, lo aíslen a un lugar seguro y apartado del resto de los trabajadores, y lo remitan, a la unidad de atención médica que le corresponda.
A los trabajadores:
- No asistir a trabajar si presentan síntomas que pudieran advertir la presencia del cuadro de influenza descrito por las autoridades sanitarias. En ese caso, deben acudir de inmediato al médico para someterse al examen o tratamiento le corresponda.
- No llevar a sus hijos a los centros de trabajo, a fin de evitar el contacto físico y posible contagio. En último caso, es preferible que el padre o madre de familia no asista a trabajar.
- Seguir las instrucciones y someterse a la capacitación que dicten sus empleadores de conformidad con las disposiciones de la Secretaría de Salud.
• La STPS concluirá el 5 de mayo, las visitas de inspección para verificar el cumplimiento del Acuerdo de Suspensión de Labores, y a partir del miércoles iniciará nuevos operativos para verificar las condiciones en materia de seguridad e higiene en los centros de trabajo.
3 de mayo de 2009 — A las 06.00 horas GMT +1 del 3 de mayo de 2009, 17 países habían notificado oficialmente 787 casos de infección por el virus gripal A(H1N1).
México había notificado 506 casos confirmados de infección humana por el virus, 19 de ellos mortales. La razón del aumento del número de casos en este país durante las últimas 48 horas refleja principalmente la realización de las pruebas en muestras recogidas con anterioridad. El Gobierno de los Estados Unidos de América había notificado 160 casos humanos confirmados mediante pruebas de laboratorio, uno de ellos mortal.
También se habían notificado casos confirmados mediante pruebas de laboratorio, ninguno de ellos mortales, en los siguientes países: Alemania (6), Austria (1), Canadá (70), Región Administrativa Especial de Hong Kong (China) (1), Costa Rica (1), Dinamarca (1), España (13), Francia (2), Irlanda (1), Israel (3), Nueva Zelandia (4), Países Bajos (1), Reino Unido (15), República de Corea (1) y Suiza (1).
La OMS seguirá informando periódicamente de la situación en su sitio web.
La OMS no recomienda ninguna restricción de los viajes ni el cierre de fronteras. No obstante, la prudencia aconseja que las personas enfermas aplacen los viajes internacionales y que quienes presenten síntomas tras un viaje internacional reciban atención médica, ateniéndose a las orientaciones de las autoridades nacionales.
Canadá notificó el 2 de mayo la identificación del virus gripal A(H1N1) en una piara de Alberta. Es muy probable que los cerdos hayan estado expuestos a los virus de un trabajador canadiense de la granja que regresó recientemente de México, que había mostrado síntomas gripales y había estado en contacto con los cerdos. En estos momentos no hay indicios de adaptación del virus por transferencia del ser humano a los cerdos.
No hay riesgo de infección por este virus a través del consumo de carne de cerdo o productos del cerdo bien cocinados. Se aconseja a la población que regularmente se lave bien las manos con agua y jabón y que solicite atención médica ante la aparición de algún síntoma gripal.
NOTA INFORMATIVA No.392
Guadalajara, Jal. 01/05/2009
Alerta SSJ sobre supuesta vacuna homeopática Vs. Influenza Humana
Gracias a denuncias ciudadanas se ha tenido también conocimiento de medicamentos naturistas con presuntos efectos preventivos contra la Influenza Humana.
Insta la Secretaría de Salud Jalisco (SSJ) a la ciudadanía, a no dejarse sorprender ante el surgimiento de charlatanes que, en ocasión de la alerta sanitaria decretada por la presente pandemia de Influenza Humana (de la que la entidad sigue libre), se han dado a la tarea de ofrecer productos con supuestos efectos preventivos contra dicha enfermedad.
El director de Regulación Sanitaria de la dependencia, Juan Carlos Olivares Gálvez señaló que la advertencia se da luego de haberse recibido algunas denuncias ciudadanas sobre una “Supuesta vacuna homeopática que se estaba aplicando en algún dispensario médico”, para evitar el desarrollo de la citada enfermedad.
Al referir que en este sentido se giraron ya las indicaciones para que se revise este caso a fin de poder aplicar las medidas correspondientes, que incluyen desde el aseguramiento del producto hasta sanciones de tipo pecuniario, por mencionar algunas, el funcionario señaló que también se han recibido denuncias sobre la venta de productos naturistas con supuestos efectos protectores contra la influenza humana.
Explicó que una vez que se recibe una denuncia de este tipo, “Se procede al aseguramiento del o los productos de dudosa calidad sanitaria que por lo mismo, generalmente están fuera de la normatividad desde el etiquetado hasta los componentes y el sitio de expendio”.
Señaló que han sido tres las denuncias que hasta el momento se han recibido sobre productos con presuntos efectos terapéuticos y protectores contra la Influenza Humana, tanto en Zona Metropolitana como en el interior del Estado y puso a disposición de la ciudadanía, el número telefónico 30-30-50-00 con la extensión 5201 para que quien enfrente una situación de este tipo, lo haga del conocimiento de la autoridad sanitaria.
Agregó que además, en el Estado, existen 13 regiones sanitarias en cada una de las cuales existen oficinas de Regulación Sanitaria donde también pueden recibirse este tipo de denuncias, ya sea por vía telefónica o por escrito y la población puede acudir a la más cercana a su domicilio.
Dijo que si bien este tipo de denuncias se reciben en horario de oficina, actualmente dicha área trabaja en dos turnos ante la situación de alerta sanitaria que priva en todo el país.
Recordó que no existe hasta el momento una vacuna que prevenga contra la cepa de la influenza que actualmente circula en varios estados de la república y al señalar que la enfermedad responde favorablemente a tratamiento antiviral (siempre y cuando se atienda dentro de las primeras 48 horas de la sintomatología), subrayó que éste al igual que los análisis clínicos para su diagnóstico, se ofrecen gratuitamente por la SSJ.